RESOLUCIÒN
En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA: CON LUGAR el pedimento formulado por el Abogado ARTURO GONZALEZ, quien actúa en su condición de Defensor de Confianza del ciudadano CRUZ ARQUIMEDES RODRIGUEZ SISO, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-19.495.843, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, lugar donde nació el día 28/07/1980, de 28 años de edad, soltero, Vigilante, hijo de los ciudadanos CRUZ ARGIMIRO RODRIGUEZ MORENO y LUCILA SISO, residenciado en el Barrio José Antonio Anzoátegui, Calle Principal, Casa Nº. 12, Molorca, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y en tal sentido acuerda la aplicación de una medida menos gravosa para el señalado e identificado imputado, decretándose a su favor Medidas Cautelares Sustitutivas, de las pautadas en el artículo 256, ordinales 3º y 4º de.....