Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, desestima la acusación Fiscal interpuesta por el Fiscal Segundo del Ministerio Público y decreta la libertad plena del ciudadano HENRY JOSUE GÓMEZ CEDEÑO, quien es venezolano, natura de Barcelona, titular de la cedula de identidad N° V- 16.854.014, de estado civil casado, de profesión Técnico Superior en Tecnología de Gas, residenciado en la Calle Las Flores, Casa N° 2-A, Sector Tierra Adentro, Puerto La Cruz, Anzoátegui, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, en perjuicio del niño CRISTOBAL CAMPOS LUGO, asimismo se acordó librar oficio al Jefe de Alguacilazgo participándole la presente decisión.
Regístrese, diarícese, librese oficio, déjese copia en arch.....