Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Unipersonal de Juicio Nº. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INCULPABLE y ABSUELVE a los Acusados YOHANGEL JOSE VILLAEL ACOSTA, quién es venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 14.764.990, de 26 años de edad, domiciliado en la Calle Mariño, Nº 50, Monte Cristo, de la Ciudad de Puerto La Cruz, donde nació en fecha 13-11-1980, estado civil Soltero, hijo de los ciudadanos: JONNY VILLAEL (V) y ALICIA ACOSTA (V), BAUTISTA RAFAEL FIGUERA CAMPOS, quién es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.192.413, de 29 años de edad, domiciliado en la Calle Mariño, Nº 46, Monte Cristo, de la Ciudad de Puerto La Cruz, donde nació en fecha 22-03-1979, de profesión u oficio obrero, hijo de LEOPOLDO FIGUEROA (V) Y MARIA MAGDALENA CAMPOS (V), y EDGAR RAFAEL COVA BRITO, quién es venezolano, titu.....