IV
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, por DIVORCIO hubiere incoado el ciudadano por DIVORCIO, presentada por el ciudadano: ALEJANDRO JOSE CASTEJON URRIBARRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.853.953, domiciliado en la ciudad de Lechería, Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja, Estado Anzoátegui, a través de su apoderado judicial ciudadano JOSE ANGEL SANCHEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.342.218, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 193.587, domiciliado en la ciudad de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana AIMARA BEATRIZ MAYORCA MARIN, venezolana, mayor de edad, titu.....