Por lo antes expuesto, este Tribunal de Juicio Nro. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Mixto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE AL CIUDADANO DANIEL JOSE RIVERA RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.697.487, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, en fecha 17 de Enero de 1983, de 25 años de edad, hijos de los ciudadanos CARMEN RODRÍGUEZ, y ARTURO RIVERA, domiciliado en Guanta, volcadero, calle principal casa numero 10, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, imputado por el Ministerio Público, debido a la ausencia de pruebas. En lo que respecta a las costas del proceso; esta Instancia considera que el est.....