Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano WILLIAN RICARDO VELIZ DENIS, quien es venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.661.786, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el 03-07-1964, de 44 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la avenida 16 de Septiembre, Callejón Carabobo, Casa Nº 2-5, Mérida, Estado Mérida, todo de Conformidad con lo previsto en el Artículo 44, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese el correspondiente oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación de Barcelona, informando de la libertad del imputado la cual se realizara desde la misma sede de este Tribunal. Líbrese oficio. Regístrese.