Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano NIGEL MICHAEL ROJAS PARRAS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.911.301, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 14/03/1982, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, hijo de los ciudadanos MARCO ROJAS y MARIA PARRAS, con domicilio en la Calle Concordia, Barrio Colombia, Casa N° 30, Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento a seguirse es el ordinario. Líbrese el oficio respectivo a la Comandancia General de la Policía de este Estado, participando la liberta.....