Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano WILFREDO JOSE MENDEZ ALFARO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.592.559, de estado civil soltero, oficio Estudiante, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 03/04/1988, de 18 años de edad, hijo de los ciudadanos Angela Mendez y de Juan Rafael Alfaro, residenciado en Calle Principal, Calle Los Olivos, Sector Puente Ayala, Casa N° 06, Barcelona, Estado Anzoátegui; por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la Adolescente CELIA DALILA GRANADO de 17 Años de edad, conforme al artículo 250 ordinal 1°, 2° y 3° Ejusdem, y el artículo 251 ordinal 2° y 3°del Código .....