Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: LA LIBERTAD INMEDIATA POR IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor de los imputados: RICHARD JOSE ESPAÑA RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.418.938 natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 14-09-71, de 35 años de edad, de estado civil casado, de oficio Técnico Superior Química, hijo de los ciudadanos REGINO ESPAÑA (F) y BERTHA DE ESPAÑA (v), residenciado en la Urbanización Río, Residencia Beatriz Elena, Piso 01, Apartamento 01-A, Barcelona, Estado Anzoátegui, ADRIANA CLADOVINA GOACUTO SANTANA, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 19.456.346, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04-12-87, de 18 años de edad, de estad.....